Desenmarañamos los mitos más comunes sobre el crédito conyugal (parte I)
Cuando se inicia una vida en pareja, una de las metas más comunes es tener un hogar en conjunto en el que puedan disfrutar su vida en común. Para hacerse de un patrimonio así, muchas veces los instrumentos financieros más útiles son los créditos hipotecarios. Por si no lo sabías, las instituciones financieras han puesto a disposición un tipo de crédito pensado en estas situaciones, llamado crédito hipotecario conyugal. Aprendamos más sobre éste, así como sus mitos y verdades.
Mito: “No es posible juntar créditos de diferentes institutos (FOVISSSTE E INFONAVIT)
Este mito es falso. Actualmente existe un esquema mediante el cual, el FOVISSSTE y el INFONAVIT se unen, para que, conforme a las políticas de cada instituto, otorguen a sus derechohabientes casados, un financiamiento para la adquisición de una vivienda nueva o usada. Las instituciones actuando juntas en tu favor.
Mito: “El monto que otorgan es mayor al que se brinda de manera individual”
Este mito es verdadero. Debido a que, en esta modalidad, la institución financiera toma en cuenta tus ingresos y los de tu pareja para determinar el monto que pueden prestarles, este suele ser mayor al que podrías adquirir de manera individual. Esta puede ser una gran ventaja, pero el monto dependerá de varios factores, incluyendo la institución en a la que acudas.
Mito: “No se requiere del acta de matrimonio para solicitar este tipo de crédito”
Este mito es falso. Dentro de los requisitos para solicitar un crédito hipotecario conyugal es que ambos derechohabientes estén casados y lo acrediten mediante el acta de matrimonio. También deben ser derechohabientes de los institutos y contar con más de 18 meses de cotización en ambos. No te dejes engañar e infórmate bien para reunir todos los requisitos en forma.
Este fue el primer tomo de los mitos del crédito hipotecario conyugal sobre el que te queremos informar. Descubre más en nuestra siguiente publicación.